El martes 1 de marzo se abre el plazo de inscripción, para la primera convocatoria del 2016, en las pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria (Graduado ESO) para mayores de 18 años, en la Comunidad de Madrid. El último día para solicitar participar en estas pruebas será el 16 de marzo, según lo establecido en la Resolución de 5 de febrero de 2016, de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria
Podrán realizar estas pruebas libres todas aquellas personas que sean mayores de edad o que cumplan 18 años antes de que finalice 2016. Además no se podrá estar en posesión del título de Graduado ESO.
Como ya ha ocurrido en los últimos años, la Comunidad de Madrid presenta la particularidad de que cada centro examinador elije el día en que realiza las pruebas, dentro del plazo fijado por la Resolución y también los contenidos de las mismas, siempre adecuándose a la legislación vigente.
Si estás interesado en realizar estas pruebas debes saber:
Plazo de inscripción
- Primera convocatoria: del 1 al 16 de marzo de 2016, ambos incluidos.
- Segunda convocatoria: del 1 al 13 de junio de 2016, ambos incluidos.
Fecha de realización de las pruebas libres de Graduado ESO
- Primera convocatoria: durante la segunda quincena de mayo (como se ha comentado anteriormente cada centro tiene libertad para establecer la fecha dentro de este plazo).
- Segunda convocatoria: durante el mes de septiembre.
Fechas de interés de la primera convocatoria
- Publicación de la lista provisional de solicitantes admitidos y excluidos: 15 de abril. A continuación se abrirá un plazo de 10 días hábiles para que los aspirantes que han sido excluidos puedan alegar lo que crean oportuno y subsanar errores.
- Último día para la publicación de la lista definitiva de solicitantes admitidos y excluidos: 9 de mayo.
- Antes del 29 de abril cada centro deberá publicar en su tablón de anuncios la fecha de realización del examen.
- En un plazo de 10 días hábiles tras la publicación de las calificaciones definitivas, el secretario del centro examinador expedirá, a las personas que lo soliciten, un certificado que acredite la superación de las pruebas o de los ámbitos superados de las pruebas.